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Brasilia - DF
Acuerdo de Residencia Chile - Brasil

Decreto Nº 6.975/2009

El gobierno Brasileño promulgo, el 29 de septiembre y el 7 de octubre de 2009, respectivamente, los decretos Nº 6.964 y 6.975, que instituyen los Acuerdos sobre Residencia para miembros del Mercosur / Chile.
Negociados en 2002, por la Secretaria Nacional de Justicia, en reunión de Ministros del Interior del Mercosur, se terminaros en la fecha todos los actos necesarios para otorgarle plena vigencia a estos dos acuerdos.
El extranjero beneficiado con los acuerdos de residencia Mercosur / Chile tiene igualdad de derechos civiles en Brasil. Deberes y responsabilidades laborales y de previdencia son también, aseguradas, además del derecho de transferir recursos.
El proceso para concesión de residencia es simple: la Policía Federal Brasileña concede una residencia temporaria de dos años. Noventa días antes del fin del plazo, el extranjero podrá solicitar la transformación de residencia temporaria en residencia permanente.

¿Quien podrá requerir la residencia permanente?
Todos los miembros y asociados al Mercosur, independientemente de estar en situación migratoria regular o irregular.
Los extranjeros en situación irregular, están libres de multas y otras sanciones administrativas relativas a su situación irregular.


¿ Dónde y como requerir la residencia permanente?

En Brasil, para obtener la residencia temporaria de dos años, diríjase a la Policía Federal mas próxima, y presente, además del requerimiento, los siguientes documentos:
- Pasaporte o documento de Identidad con copia.
- Certificado de nacimiento, casamiento o de naturalización, si es el caso.
- Certificado Negativo de Antecedentes Criminales emitido en Chile o en el país donde vivió los últimos 5 años.
- Declaración, sobre pena de ley, de ausencia de antecedentes penales o policiales, en Brasil y en el exterior.
- Atestado de de antecedentes criminales, que servirá para tal fin o emitido por medio del sitio-web www.dpf.gov.br
- Comprovante de pagamento de valor para la emisión de Carteira de Identidade de Estrangeiro CEI (valor R$ 124,23) a ser pago mediante GRU (Guia de Recolhimento da União), Código 140120, emitida en sitio-web: www.dpf.gov.br
- Comprovante de pagamento do Registro R$ 64,58 a ser pago mediante GRU, Código 140082, emitida también en sitio-web: www.dpf.gov.br

ATENCIÓN:
Los valores a pagar son solamente los mencionados y nada mas. El tramite es fácil, lo puede hacer solo, sin intermediadotes.
En caso de dudas, llame a la Secretaria Nacional de Justicia en Brasilia (61)2025-3232 o envíe un e-mail para estrangeiros2009@mj.gov.br