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Decreto
Nº 6.975/2009
El
gobierno Brasileño promulgo, el 29 de septiembre
y el 7 de octubre de 2009, respectivamente, los
decretos Nº 6.964 y 6.975, que instituyen
los Acuerdos sobre Residencia para miembros del
Mercosur / Chile.
Negociados en 2002, por la Secretaria Nacional de Justicia,
en reunión de Ministros del Interior del Mercosur,
se terminaros en la fecha todos los actos necesarios para
otorgarle plena vigencia a estos dos acuerdos.
El extranjero beneficiado con los acuerdos de residencia
Mercosur / Chile tiene igualdad de derechos civiles en
Brasil. Deberes y responsabilidades laborales y de previdencia
son también, aseguradas, además del derecho
de transferir recursos.
El proceso para concesión de residencia es simple:
la Policía Federal Brasileña concede una
residencia temporaria de dos años. Noventa días
antes del fin del plazo, el extranjero podrá solicitar
la transformación de residencia temporaria en residencia
permanente.
¿Quien
podrá requerir la residencia permanente?
Todos los miembros
y asociados al Mercosur, independientemente
de estar en situación
migratoria regular o irregular.
Los extranjeros en situación irregular, están
libres de multas y otras sanciones administrativas relativas
a su situación irregular.
¿
Dónde y como requerir la
residencia permanente?
En Brasil, para
obtener la residencia temporaria
de dos años, diríjase
a la Policía Federal mas
próxima, y presente, además
del requerimiento, los siguientes
documentos:
- Pasaporte o documento de Identidad con copia.
- Certificado de nacimiento, casamiento o de naturalización,
si es el caso.
- Certificado Negativo de Antecedentes Criminales emitido
en Chile o en el país donde vivió los últimos
5 años.
- Declaración, sobre pena de ley, de ausencia de
antecedentes penales o policiales, en Brasil y en el exterior.
- Atestado de de antecedentes criminales, que servirá para
tal fin o emitido por medio del sitio-web www.dpf.gov.br
- Comprovante de pagamento de valor para la emisión
de Carteira de Identidade de Estrangeiro CEI (valor R$
124,23) a ser pago mediante GRU (Guia de Recolhimento da
União), Código 140120, emitida en sitio-web: www.dpf.gov.br
- Comprovante de pagamento do Registro R$ 64,58 a ser pago
mediante GRU, Código 140082, emitida también
en sitio-web: www.dpf.gov.br
ATENCIÓN:
Los valores a pagar son solamente
los mencionados y nada mas. El tramite es fácil,
lo puede hacer solo, sin intermediadotes.
En caso de dudas, llame a la Secretaria Nacional de Justicia
en Brasilia (61)2025-3232 o envíe un e-mail para estrangeiros2009@mj.gov.br
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